1- OBJETO

La empresa VYE SERVICIOS EDUCATIVOS 2009 S,L. con domicilio en Puerta de la Carne 8-1d 41004 Sevilla,  y provista de CIF: B90090473, a través de la web www.findecursocolegio.com (en adelante VYE) organiza una promoción de ámbito privado y sin ánimo de lucro, denominada “Papeletas” con la finalidad de que sus clientes obtengan una forma de financiación de sus viajes de fin de curso. 

 

2-DESTINATARIOS

Todos los clientes que contraten nuestros servicios para la organización de un viaje fin de curso para grupos.

 

3- DURACIÓN Y ÁMBITO

La vigencia de la presente promoción será desde el día 1 de octubre de 2019, fecha coincidente con el inicio de la distribución de las papeletas del sorteo, hasta el día 15 de julio de 2020, fecha del sorteo de la ONCE que fijará el nº de la papeleta premiada . El ámbito territorial del sorteo promocional se corresponde con el territorio del Reino de España. La participación en el presente sorteo promocional está abierta a todo usuario que cumpla las presentes Bases y específicamente las Condiciones de Participación citadas en la Base nº 4. VYE se reserva el derecho a evitar que sobre este sorteo promocional se establezcan sistemas de especulación o de negocios. A tal fin, VYE podrá dar de baja a aquellos que estén haciendo un mal uso de la promoción, realicen actos fraudulentos o que perjudiquen a otros participantes.

 

4-CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN

Podrán participar en el presente sorteo promocional todas aquellas personas físicas de cualquier nacionalidad que cumplan los siguientes requisitos:

  1. A la fecha de celebración del sorteo, ser mayores de edad, o menores de edad que estuvieran complementados en su capacidad de obrar por sus padres, tutores o guardadores de hecho;
  2. Tener residencia habitual en el territorio del Reino de España;
  3. Estar en posesión de una de las papeletas de este sorteo promocional, original y válida, que será distribuida por los estudiantes que quieran colaborar en el sorteo.
  4. El viaje del grupo al que pertenece dicha papeleta deberá llevarse acabo en las condiciones de su contratación. En caso de dicha anulación del viaje se tendrá que hacer la devolción de dichas papaletas o en su defecto la devolción de importe de la misma.

 

VYE repartirá al responsable de cada grupo el número de papeletas predeterminado para repartir entre los inscritos al viaje.

Cada papeleta contendrá una combinación consistente en un número comprendido entre el 00001 al 75000. El importe de cada papeleta vendida será una donación estimada de 2 euros. Toda PAPELETA rota, enmendada, fotocopiada o en mal estado se considerará nula. Las papeletas serán válidas salvo error tipográfico, y estarán sujetas a las presentes bases legales de participación. Un participante podrá tomar parte en el sorteo tantas veces como número de papeletas disponga.

 

5-OPERATIVA DEL SORTEO PROMOCIONAL Y DESCRIPCIÓN DEL PREMIO

La papeleta premiada coincidirá en todas sus cifras con el número premiado en el sorteo de la ONCE celebrado el día 15 JULIO 2023.

El premio consistirá en

3 noches de hotel en habitación doble, con desayuno y una actividad turística. La ciudad europea en la cual está destidado el sorteo son, Londres, París, Praga, Amsterdam, Lisboa y Berlín.. El ganador podrá elegir entre una de estas ciudades. El viaje no podrá ser elegido en Navidad ni en fiestas locales.

 

La persona que posea dicha papeleta tendrá un plazo de 15 días para reclamar el premio. Transcurrido el plazo de QUINCE (15) días naturales antedicho sin que el ganador haya presentado la papeleta de la forma antes citada, o que la misma no revista los requisitos de validez indicados en la base 4ª, el premio correspondiente no podrá serle asignado ni a él ni a cualquier otro tercero, quedando desierto. Las papeletas que no resulten premiadas quedarán sin efecto, y no darán derecho a reembolso o compensación alguna. Si la papeleta premiada fuera una de las papeletas sin distribuir, el premio quedará desierto.

 

6- REPERCUSIÓN FISCAL

El premio objeto de esta promoción estará sujeto a la normativa fiscal en vigor aplicable en cada momento y a sus disposiciones de desarrollo. Dicha normativa aplicable podría sujetar a tributación el citado premio, dependiendo de la residencia del premiado y el valor del premio, siendo en todo caso el coste fiscal asumido íntegramente por el ganador premiado, así como las obligaciones tributarias que se deriven.  VYE podrá, como requisito imprescindible a la entrega del premio, exigir al ganador su DNI o documento de identidad fiscal válido y el abono de las retenciones que resulten de aplicación. Corresponderá al premiado el cumplimiento de las eventuales obligaciones fiscales por razón del premio recibido.

 

7- FUERO APLICABLE

Para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de las presentes bases, tanto VYE como los participantes de esta promoción se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de SEVILLA con renuncia expresa a cualquier otro fuero propio, que pudiera corresponder, ello entendido sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto con carácter imperativo en la normativa de consumidores y usuarios.

papeletas fin de curso