Las presentes Condiciones Generales de Contratación se rigen por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, modificado por el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de trasposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viajes vinculados, por la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de contratación y por lo dispuesto a continuación.
INFORMACIÓN GENERAL
Titular: VYE SERVICIOS EDUCATIVOS 2009 SL, con nombre comercial Findecursocolegio.com, con CIF: B90090473 con domicilio fiscal y en Calle Puerta de la Carne 8, 1º Dcha, 41004, Sevilla, inscrito en el Registro Mercantil de Sevilla, folio 122, tomo 5.777 Sección General de sociedades, Hoja SE99333 con Código de Identificación Andaluz de Agencias de Viajes (CIAN) 416796-Z ; correo electrónico: info@findecursocolegio.com y teléfono contacto: +34955340204
ÁMBITO GENERAL
Cualquier contratación con Findecursocolegio.com está sometida a las presentes condiciones generales de venta que a continuación se publicitan libremente, con el fin de que cada CLIENTE pueda conocer y verificar la compra y los términos específicos.
Las CONDICIONES GENERALES tienen por objeto regular los términos contractuales para la prestación de los SERVICIOS por parte de Findecursocolegio.com, y, en su caso, la contraprestación debida por el CLIENTE a Findecursocolegio.com, por la utilización por aquél de determinados SERVICIOS.
La prestación de los SERVICIOS se llevará a cabo a mediante la obtención, disposición, organización, empleo y gestión por parte de Findecursocolegio.com de los recursos técnicos, humanos y operativos necesarios al efecto y, siempre y en todo caso, como contraprestación a los precios vigentes en cada momento cuando los SERVICIOS sean de pago. La mera navegación por la web www.findecursocolegio.com no tendrá la consideración de SERVICIO.
Findecursocolegio.com es una agencia especializada en proveer servicios de viaje para grupos, ya sean institutos o empresas. Son estos los Clientes de la agencia quienes designarán un representante legal o mandatario para la realización y gestión del viaje, con independencia del número de viajeros que integren el grupo. A tal efecto, con la aceptación de las presentes condiciones generales, el Cliente declara expresamente que actúa como interlocutor válido entre la agencia y el resto de viajeros a los que representa, siendo el receptor de toda la
información que le suministre Findecursocolegio.com sobre el viaje y sus posibles modificaciones, no siendo responsable Findecursocolegio.com de cualesquiera consecuencias derivadas de la falta de información del resto de integrantes del viaje, siempre y cuando dicha información haya sido suministrada previamente al Cliente.
Asimismo, será el Cliente responsable de trasladar cualquier tipo de incidencia que pueda surgir durante la ejecución del viaje, la solicitud de asistencia en el transcurso del mismo, o cualquier solicitud de cambio o modificación que quiera proponer. Findecursocolegio.com no será responsable ni administrativa, ni fiscalmente, de los importes o comisiones que el Cliente pueda cobrar a los viajeros por sus gestiones con la agencia de viajes; Findecursocolegio.com se reserva el derecho de repetir cualquier importe que se vea obligada a pagar como consecuencia de ello.
La combinación de servicios de viaje que se le ofrece por parte de Findecursocolegio.com un viaje combinado en el sentido del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. Por lo tanto, usted gozará de todos los derechos que se aplican en el marco de la Unión Europea a los viajes combinados. Findecursocolegio.com es plenamente responsable de la correcta ejecución del viaje combinado en su conjunto en los términos previstos en la legislación vigente.
Además, como exige la legislación, Findecursocolegio.com está cubierta por una garantía para reembolsarle los pagos realizados y, si el transporte está incluido en el viaje, asegurar su repatriación en caso de que incurra(n) en insolvencia. Principales derechos en virtud del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre:
El Cliente recibirá toda la información esencial sobre el viaje combinado antes de celebrar el contrato de viaje combinado. Siempre habrá como mínimo un empresario responsable de la correcta ejecución de todos los servicios de viaje incluidos en el contrato. Se proporcionará al Cliente un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto donde puedan contactar con la Agencia.
Los viajeros podrán ceder el viaje combinado a otra persona, con las mismas características y con un preaviso razonable y, en su caso, con sujeción al pago de gastos adicionales que conlleve los gastos de gestión. En cualquier caso, la tramitación de la cesión deberá realizarse por el Cliente.
El precio del viaje combinado solo se podrá aumentar si se producen gastos específicos (por ejemplo, en los precios de combustible) y está expresamente estipulado en el contrato, y en ningún caso en los últimos veinte días anteriores al inicio del viaje combinado. Si el aumento de precio excede del ocho por ciento del precio del viaje combinado, el Cliente podrá poner fin al contrato. Si la agencia se reserva el derecho de aumentar el precio, el Cliente tendrá derecho a una reducción del precio si disminuyen los gastos correspondientes.
El Cliente podrá poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y obtener el reembolso completo de todos los pagos realizados si se modifica significativamente alguno de los elementos esenciales del viaje combinado que no sea el precio. Si el empresario responsable del viaje combinado lo cancela antes de su inicio, el Cliente tendrá derecho al reembolso de los pagos realizados y, cuando proceda, a una compensación.
En circunstancias excepcionales, por ejemplo, en caso de que en el lugar de destino existan graves problemas de seguridad que puedan afectar al viaje combinado, el Cliente podrá poner fin al contrato antes del inicio del viaje combinado, sin pagar ninguna penalización. Además, el Cliente podrá poner fin al contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado mediante el pago de una penalización por terminación en los términos determinados en el contrato, y ello con independencia de los gastos de gestión que resulten aplicables.
Si, después del inicio del viaje combinado, no pueden prestarse elementos significativos del mismo, deberán ofrecerse al Cliente fórmulas alternativas adecuadas, sin coste adicional. El Cliente podrá poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización en caso de no ejecución de los servicios cuando ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y la agencia no consiga solucionar el problema.
El Cliente también tendrá derecho a una reducción del precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución o
ejecución incorrecta de los servicios de viaje.
La agencia deberá proporcionar asistencia al Cliente en caso de que este se encuentre en dificultades.
Si la agencia incurre en insolvencia se procederá al reembolso de los pagos. En caso de que la agencia incurra en insolvencia después del inicio del viaje combinado y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación de los viajeros Findecursocolegio.com ha suscrito una garantía de protección frente a la insolvencia con AXA Seguros Generales. Si se deniegan servicios debido a la insolvencia de Findecursocolegio.com, los viajeros podrán ponerse en contacto con dicha entidad o, en su caso, con la autoridad competente (CIF A60917978. D.S.: calle Monseñor Palmer, 1, 07014 – Palma de Mallorca, www.axa.es)
Findecursocolegio.com vela y protege especialmente al Cliente en los términos que se detallan en las presentes condiciones generales, así
como en el aviso legal y política de privacidad por medio de:
DEFINICIONES
1. Viaje combinado: es aquel en el que se combinan, al menos, dos servicios de viaje a efectos del mismo viaje o vacación, siempre que la combinación se formalice en un único contrato con independencia de que lo solicite o no el Cliente. También se considera viaje combinado aquel que, a pesar de formalizarse en varios contratos, se realice en uno de nuestros puntos de venta.
Se seleccione la combinación de servicios de viaje antes de que el Cliente consienta pagar. Se ofrezca, se venda o se facture por la agencia a un precio a tanto alzado o global. Se anuncie por la agencia como “viaje combinado”. Dichos contratos faculten al Cliente a elegir entre una selección de distintos servicios de viaje. Por último, también son contratos de viaje combinado, aquellos contratos formalizados en la web de Findecursocolegio.com (a través de un proceso de reserva en línea conectado), en el que el Cliente celebra un único contrato con el empresario, pero varios con los prestadores de los servicios contratados por el Cliente a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a la confirmación de la última reserva. También se considera viaje combinado aquel que combine un servicio de viaje (transporte, alojamiento y alquiler de vehículo) y adicionalmente, uno o más servicios de turísticos, siempre que: Los servicios turísticos representen una proporción igual o superior al 25% del valor de la combinación y se anuncien como una característica esencial de la combinación o; Si los servicios turísticos solo han sido contratados después de que se haya iniciado la ejecución de 1 servicio de viaje (transporte, alojamiento y alquiler de vehículo).
2. Servicio de viaje: Son servicios de viaje, el transporte de pasajeros, el alojamiento cuando no sea parte integrante del transporte de pasajeros y no tenga un fin residencial, el alquiler de turismos (Real Decreto 750/2010, de 4 de junio) y, cualquier otro servicio turístico que no forme parte integrante de un servicio de viaje de los citados anteriormente.
3. Contrato de Viaje Combinado: es aquel que se formaliza en un solo contrato por el total del conjunto del viaje o, la formalización de varios contratos por cada uno de los servicios de viaje incluidos en el viaje combinado ofertado.
4. Fecha de inicio del viaje combinado: es aquel día en el que comienza la ejecución de los servicios de viaje incluidos en el contrato.
5. Repatriación: el regreso del viajero al lugar de salida o a cualquier otro lugar acordado por las partes contratantes.
6. Falta de conformidad: la no ejecución o la ejecución incorrecta de los servicios de viaje incluidos en un viaje combinado.
7. Cliente: toda persona jurídica, a través de su representante o mandatario, como instituto o sociedad mercantil que tiene intención de celebrar un contrato para organizar un viaje combinado.
8. Viajero: toda persona física integrante del grupo correspondiente al viaje contratado por el Cliente.
9. Organizador: se considera a aquel empresario que combina y vende u oferta viajes combinados directamente, a través de o junto con
otro empresario.
10. Minorista: aquel empresario distinto del organizador que vende u oferta los viajes combinados por un organizador.
11. Falta de conformidad: la no ejecución o la ejecución incorrecta de los servicios de viaje incluidos en un viaje combinado.
12. Menor: toda persona menor de dieciocho años.
13. Circunstancias inevitables y extraordinarias: se considerarán aquellas situaciones que están fuera de control de la parte que alega la
situación y cuyas consecuencias no habrían podido evitarse incluso si se hubieran adoptado todas las medidas razonables.
14. Punto de venta: hace referencia a toda instalación de venta al por menor, tanto muebles como inmueble, o a un sitio web de venta al por menor o a un dispositivo similar de venta minorista en línea, incluso cuando estos sitios web o dispositivos se presenten al Cliente como un dispositivo único, incluido un servicio telefónico.
15. Establecimiento: el acceso a una actividad económica no asalariada y su ejercicio, así como la constitución y gestión de empresas y especialmente de sociedades, en las condiciones fijadas por la legislación, por una duración indeterminada, en particular por medio de una infraestructura estable.
16. Información precontractual: Se entiende por información precontractual, aquella que el organizador o, en su caso, el minorista está obligado a facilitar al Cliente antes de que el Cliente quede obligado por cualquier contrato u oferta.
17. Paquete tierra: Se entiende por los servicios del viaje combinado como alojamiento, comidas, actividades, visitas, transporte terrestre y todo aquello que no comprenda el paquete aéreo.
18. Paquete aéreo: Se entiende por el coste de los billetes de avión y todos los servicios asociados a los mismos (facturación, maletas, tarjetas de embarque, comisiones bancarias que cobre la aerolínea por pago de los vuelos, 6€ de comisión por la gestión del vuelo, coste de elección de asiento, cambios de nombre, y cualquier cargo extra que realice la aerolínea).
NOTAS IMPORTANTES DE VIAJES COMBINADOS
La información contenida en las presentes Condiciones Generales de viajes combinados y aquellas que se facilitan en el momento precontractual, tienen carácter genérico. No son de esperar variaciones significativas en el contenido y serán modificadas exclusivamente en los términos que se recojan en las Condiciones Particulares y en determinados supuestos que se exponen más adelante.
1. ORGANIZACIÓN DEL VIAJE COMBINADO
La organización de los viajes combinados se realiza por Findecursocolegio.com.
2. EL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO
Findecursocolegio.com se compromete a entregar al Cliente una copia del contrato de viaje combinado que formalicen las partes, a más tardar en el plazo de 24 horas a contar desde dicha formalización. No obstante, el contrato estará a disposición del Cliente en formato pdf en su intranet. Formarán parte integrante del contrato de viaje combinado, todas las condiciones que regulan el viaje combinado contratado, en concreto, las condiciones generales dispuestas en este texto, las condiciones precontractuales, y las condiciones particulares pactadas entre la agencia y el Cliente.
3. PRECIO
1. El precio del viaje combinado incluye:
El precio de todos los servicios turísticos contratados (transporte de pasajeros, alojamiento, alquiler de vehículos de motor, etc.), con independencia de si se ha formalizado en un contrato o en varios contratos; Las comisiones, recargos y costes adicionales; La prestación de asistencia por parte de LA AGENCIA si el Cliente se halla en dificultades, especialmente, en supuestos de
circunstancias extraordinarias e inevitables y las dispuestas en la normativa de aplicación; La posibilidad de solicitar asistencia cuando tenga dificultades para presentar una reclamación por cualquier falta de conformidad del Cliente durante el viaje.
2. El precio del viaje combinado no incluye:
Cualquier otro servicio no especificado concretamente en el contrato, tales como: Visados «extras» tales como: cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales, lavado y planchado de ropa, parking, utilización del teléfono, cunas, alquiler de TV, servicios de Spa, balnearios, termas, masajes, tratamientos médicos, terapéuticos o de salud y; cualquier otro servicio similar que el establecimiento ofrezca por un precio independiente al del servicio principal contratado.
Aquellos impuestos adicionales en determinados destinos, que pueden variar en función de la categoría del establecimiento y del destino. Dichas tasas se pagarán directamente en el establecimiento hotelero y será el Cliente el único responsable de pagar los mismos. Tributos/tasas de entrada/salida aeropuertos en los que estén vigentes.
3. Modificaciones del precio:
El precio del viaje combinado ha sido calculado según los tipos de cambio, tarifas de transporte y coste del carburante. Debido a la constante subida del petróleo o en otras fuentes de energía, en ocasiones, el precio del viaje podrá ser modificado posteriormente a la contratación y confirmación del viaje, por la agencia siempre que dicha facultad se disponga en el contrato
formalizado. Dependiendo del destino se impondrán al Cliente, como parte integrante del precio total del viaje combinado, las tasas, impuestos y recargos turísticos de aterrizaje, embarque o desembarque en puertos o aeropuertos, tal y como se ha especificado en el apartado anterior. Dichos importes podrán ser modificados por aquellos terceros que no están involucrados directamente en la ejecución del viaje combinado y, como consecuencia de ello, podrán ser modificados por la agencia. En relación con la Tasa Turística, es una tasa que aplican en determinadas regiones y países los establecimientos hoteleros. El Cliente debe consultar si existe dicha tasa según su destino. Como consecuencia de cambios en el tipo de divisa aplicables al viaje combinado, la agencia podrá modificar el precio del viaje.
* Toda modificación de precios que se produzca como consecuencia de cualquiera de las razones expresadas anteriormente, será notificada por la agencia al Cliente con la justificación del incremento y su cálculo en soporte duradero, a más tardar veinte días naturales antes de la fecha de inicio del viaje combinado. Siempre que el contrato de viaje disponga la facultad la agencia de modificar el precio, como es el caso, el Cliente tendrá derecho a una reducción del precio correspondiente a toda disminución de los costes mencionados en este apartado que se produzcan
entre la fecha de confirmación de reserva de viaje combinado y fecha de inicio del mismo. En caso de reducción del precio, la agencia tendrá derecho a deducir los gastos administrativos reales del reembolso debido al Cliente.
4. Reducción del precio e indemnización por daños y perjuicios:
El Cliente tendrá derecho a una reducción del precio adecuada por cualquier periodo durante el cual haya habido falta de conformidad, a menos que la agencia demuestre que la falta de conformidad es imputable al viajero. El Cliente tendrá derecho a recibir una indemnización adecuada de la agencia por cualquier daño o perjuicio que sufra
como consecuencia de cualquier falta de conformidad. La indemnización se abonará sin demora indebida. El Cliente no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios si la agencia demuestra que la falta de conformidad es:
1. imputable al viajero;
2. imputable a un tercero ajeno a la prestación de los servicios contratados e imprevisible o inevitable, o
3. debida a circunstancias inevitables y extraordinarias.
En la medida en que los convenios internacionales que vinculan a la Unión Europea limiten el alcance o las condiciones del pago de indemnizaciones por parte de prestadores de servicios de viaje incluidos en un viaje combinado, las mismas limitaciones se aplicarán a los organizadores y minoristas. En los demás casos, el contrato podrá limitar la indemnización que debe pagar la agencia siempre que esa limitación no se aplique a los daños corporales o perjuicios causados de forma intencionada o por negligencia y que su importe no sea inferior al triple del precio total del viaje.
Todo derecho a indemnización o reducción del precio en virtud de lo establecido en la ley de aplicación no afectará a los derechos de los viajeros contemplados en:
1. El Reglamento (CE) n.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.º 295/91.
2. El Reglamento (CE) n. º 1371/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril.
3. El Reglamento (CE) n. º 392/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente.
4. El Reglamento (UE) n. º 1177/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables y por el que se modifica el Reglamento (CE) n. º 2006/2004.
5. El Reglamento (UE) n. º 181/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre los
derechos de los viajeros de autobús y autocar y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 2006/2004.
6. Los convenios internacionales.
El Cliente tendrá derecho a presentar reclamaciones con arreglo a ley aplicable, a dichos reglamentos y a los convenios internacionales. * La indemnización o reducción del precio concedida en virtud de la ley y la concedida en virtud de dichos reglamentos y convenios internacionales, se deducirán la una de la otra para evitar el exceso de indemnización.
5. Forma acordada de pago:
Las partes acordarán en el contrato la forma de pago establecida, sea al contado, o fraccionado, si bien el importe íntegro deberá estar desembolsado antes de la fecha de salida. En caso, de no haberse recibido el precio, se entenderá que el Cliente desiste unilateralmente del contrato con los gastos y penalizaciones establecidas en el RDL 1/2007.
4. ASISTENCIA
El Cliente podrá enviar mensajes, peticiones o quejas en relación con la ejecución del viaje combinado directamente al minorista a través del cual fue adquirido. El minorista transmitirá dichos mensajes, peticiones o quejas a la agencia sin demora indebida. La agencia deberá proporcionar asistencia adecuada y sin demora indebida al Cliente en dificultades, en especial en caso de
circunstancias inevitables y extraordinarias, en particular mediante:
1. el suministro de información adecuada sobre los servicios sanitarios, las autoridades locales y la asistencia consular;
2. la asistencia al Cliente para establecer comunicaciones a distancia; y
3. la ayuda para encontrar fórmulas de viaje alternativas.
La agencia podrá facturar un recargo razonable por dicha asistencia si la dificultad se ha originado intencionadamente o por negligencia del viajero. Dicho recargo no superará en ningún caso los costes reales en los que haya incurrido la agencia. Si es imposible garantizar el retorno del viajero según lo convenido en el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias la agencia asumirá el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un período no superior a tres noches, siendo el coste del exceso de cuenta del Cliente.
5. MODIFICACIÓN DE OTROS CLAUSULADOS DEL CONTRATO
El contrato de viaje combinado, con excepción de lo dispuesto en el punto anterior, podrá modificarse de forma unilateral por parte de la agencia o antes del inicio de viaje combinado, siempre y cuando el cambio sea insignificante, se disponga dicha facultad en el contrato formalizado con el Cliente y se informe al Cliente en soporte duradero de dicha alteración en el precio. Ahora bien, en aquellos supuestos en la agencia se vea obligada a modificar alguna de las características principales del viaje combinado contenidas en las condiciones precontractuales o contractuales o proponga al Cliente aumentar el precio del viaje combinado en más de un ocho por cien (8%) del total del precio, siempre antes del inicio del viaje combinado, el Cliente tendrá la posibilidad de aceptar el cambio propuesto o resolver el contrato sin penalización.
En caso de que el viaje combinado sustitutivo al modificado sea de calidad o coste inferior, el Cliente tendrá derecho a una reducción en el precio. Las modificaciones de clausulados del contrato deben ser comunicadas al Cliente sin demora y haciendo alusión a: la repercusión de la modificación en el precio total del viaje combinado; el plazo en el que el Cliente debe comunicar su decisión de resolver o aceptar las modificaciones y qué ocurre si no comunica nada el Cliente, y en su caso, el viaje sustitutivo ofrecido y su precio.
* En el supuesto de que el Cliente solicite cambios voluntarios en su viaje combinado, los precios de los servicios turísticos podrán no corresponderse con los publicados en el folleto o condiciones precontractuales que dio lugar a la contratación.
6. CESIÓN DEL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO
Para que el Cliente tenga la facultad de ceder el contrato de viaje combinado a otra persona, la destinataria deberá reunir todas las condiciones aplicables a dicho contrato, debiendo ser comunicado previamente a la agencia con una antelación razonable de al menos siete (7) días naturales al inicio del viaje combinado. Tanto el cedente como el cesionario responderán solidariamente ante el pago de la cuantía pendiente de pago, así como de cualquier gasto adicional que haya causado la cesión. Para ello será la agencia quién debe proporcionar al cedente la prueba de los gastos adicionales.
7. PAGOS Y REEMBOLSOS
El viaje combinado debe estar totalmente pagado para que se le faciliten al Cliente todas las prestaciones de su viaje. En el caso de que el cobro sea rechazado por cualquier causa, se procederá a la anulación de la reserva, previa comunicación informativa para intentar solventar el problema del pago.
En caso de no recibir el pago total del precio pactado en las condiciones, se asumirá que el Cliente desiste del viaje siendo de aplicación lo contenido en el apartado “2.8. Resolución del contrato de viaje combinado por el Cliente”.
En el caso de que la agencia resuelva el contrato de viaje combinado, deberá devolver o reembolsar al Cliente las cantidades ya pagadas por el mismo, en un plazo no superior a catorce días naturales a contar desde la fecha de finalización del viaje combinado.
El Cliente o los viajeros que no se presenten a la hora prevista de salida del viaje combinado contratado, no tendrá derecho a la devolución de cantidad alguna abonada, salvo que exista acuerdo diferente entre las partes.
En relación con el seguro contra gastos de cancelación contratado por el Cliente, en ningún caso la prima abonada por el mismo será reembolsable, por cuanto que el mismo despliega sus efectos desde el mismo momento de su celebración, con independencia de que el riesgo asegurado ocurra.
* Pago con autorización/Ingreso en cuenta: para el pago de los servicios reservados a través de la página web de Findecursocolegio.com y por motivos de seguridad, es posible que, en algunos casos, la agencia solicite al cliente una autorización específica de cobro (a la que habrá que acompañar la documentación requerida por la agencia de viajes).
8. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO POR EL CLIENTE
En cualquier momento, pero siempre antes de la fecha de inicio del viaje combinado, el Cliente podrá resolver el contrato con una penalización impuesta por la agencia:
1. El contrato de viaje combinado puede establecer una penalización tipo dependiendo de los días que resten para la fecha de inicio del viaje combinado a contar desde el día en el que se comunique la intención de resolver el contrato, por lo que en ningún supuesto podrá ser inferior al 5 por ciento del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el 10 por ciento si se produce entre los quince y tres días anteriores, y el 25 por ciento en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las 48 horas anteriores.
2. En el caso de que no se disponga de penalización tipo, en el contrato de viaje combinado el importe de la penalización equivaldrá al precio del viaje combinado, menos el ahorro de costes e ingresos derivados de la utilización alternativa de los servicios de viaje.
En cualquier caso, y salvo los supuestos específicos previstos por la ley, serán de aplicación los gastos de gestión y suplidos en los que haya incurrido la Agencia durante la celebración y ejecución del contrato de viaje combinado. En el caso de que los servicios contratados y anulados, que forman parte del viaje combinado, estuvieran sujetos a condiciones
económicas especiales de contratación, los gastos de cancelación por desistimiento, serán los establecidos por el proveedor de
cada servicio. Cuando como consecuencia de modificaciones en las condiciones del contrato de viaje combinado, el Cliente no acepte su
sustitución por otro viaje, la agencia reembolsará al Cliente las cantidades pagadas sin aplicar penalizaciones, en el plazo máximo
de catorce días naturales, a contar desde la fecha de resolución del contrato.
Tendrán derecho a resolver el contrato y derecho al reembolso total del precio del viaje combinado:
1. aquellos Clientes en cuyos viajes contratados concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino, o en las inmediaciones, que afecten de forma significativa a la ejecución al viaje o al transporte de pasajeros al lugar de destino.
2. si se modifica significativamente alguno de los elementos esenciales del viaje combinado que no sea el precio.
3. en el supuesto de que el empresario responsable del viaje combinado, lo cancele antes del inicio del viaje, el Cliente tendrá derecho además a recibir una compensación.
4. en caso de no ejecución de los servicios cuando ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y la agencia no consiga solucionar el problema.
5. cuando se den circunstancias excepcionales como por ejemplo, graves problemas de seguridad que puedan afectar al viaje, el Cliente tampoco tendrán que pagar ninguna penalización.
Los Clientes tendrán derecho a una reducción en el precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución
o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.
* Derecho de desistimiento: Los viajes combinados contratados con Findecursocolegio.com carecen del derecho de desistimiento al
haber sido contratados por internet.
9. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE LA AGENCIA
La agencia puede cancelar el contrato de viaje combinado, indemnizando al Cliente por la totalidad de los pagos que el mismo haya realizado, pero sin asumir responsabilidad por compensaciones, siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas en el RDL 1/2007.
10. RESPONSABILIDAD POR ERRORES EN LA RESERVA
La agencia será responsable de los errores debidos a defectos técnicos que se produzcan en el sistema de reservas que le sean atribuibles, así como de los errores cometidos durante el proceso de reserva, cuando el empresario haya aceptado gestionar la reserva de un viaje combinado.
La agencia no será responsable de los errores de reserva atribuibles al Cliente o causados por circunstancias inevitables y extraordinarias.
11. EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO
La agencia responderá de forma solidaria frente al Cliente del correcto cumplimiento de los servicios de viaje incluidos en el contrato, con independencia de que estos servicios los deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores. Quien responda ante el Cliente tendrá el derecho de repetición frente al empresario al que le sea imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado.
Cuando la Agencia abone una compensación, conceda una reducción del precio o cumpla las demás obligaciones que impone la ley, podrá solicitar el resarcimiento a terceros que hayan contribuido a que se produjera el hecho que dio lugar a la compensación, a la reducción del precio o a otras obligaciones.
El Cliente deberá informar a la Agencia sin demora indebida, de cualquier falta de conformidad que observe durante la ejecución de un servicio de viaje incluido en el contrato.
Si cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformidad con el contrato la agencia deberá subsanar la falta de conformidad, salvo que resulte imposible o si ello entraña un coste desproporcionado, teniendo en cuenta la gravedad de la falta de conformidad y el valor de los servicios de viaje afectados. En caso de que con arreglo a este apartado no se subsane la falta de conformidad será de aplicación la reducción del precio e indemnización de daños y perjuicios. Sin perjuicio de las excepciones previstas en el apartado anterior, si la agencia no subsana la falta de conformidad en un plazo razonable establecido por el Cliente, el propio Cliente podrá hacerlo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios. No será preciso que el Cliente especifique un plazo límite si la Agencia se niega a subsanar la falta de conformidad o si se requiere una solución inmediata.
Cuando una proporción significativa de los servicios de viaje no pueda prestarse según lo convenido en el contrato de viaje combinado, la agencia ofrecerá, sin coste adicional alguno para el Cliente, fórmulas alternativas adecuadas, de ser posible de calidad equivalente o superior a las especificadas en el contrato, para la continuación del viaje combinado, también cuando el regreso del Cliente al lugar de salida no se efectúe según lo acordado.
Si las fórmulas alternativas propuestas dan lugar a un viaje combinado de menor calidad que la especificada en el contrato la agencia aplicará al Cliente una reducción adecuada del precio.
El Cliente solo podrá rechazar las fórmulas alternativas propuestas si no son comparables a lo acordado en el contrato de viaje combinado o si la reducción del precio concedida es inadecuada.
Cuando una falta de conformidad afecte sustancialmente a la ejecución del viaje la agencia no la hayan subsanado en un plazo razonable establecido por el Cliente, este podrá poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y solicitar, en su caso, tanto una reducción del precio como una indemnización por los daños y perjuicios causados.
Si el viaje combinado incluye el transporte de la agencia en los casos indicados en los dos párrafos anteriores, repatriará además al Cliente en un transporte equivalente sin dilaciones indebidas y sin coste adicional.
Si es imposible garantizar el retorno del Cliente según lo convenido en el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, la agencia asumirá el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un período no superior a tres noches por viajero. Cuando la normativa europea sobre derechos de los pasajeros, aplicable a los correspondientes medios de transporte para el regreso del Cliente, establezca períodos más largos, se aplicarán dichos períodos.
La limitación de costes a que se refiere el apartado anterior no se aplicará a las personas con discapacidad o movilidad reducida, tal como se definen en el artículo 2.a) del Reglamento (CE) n.º 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, ni a sus acompañantes, mujeres embarazadas y menores no acompañados, así como a las personas con necesidad de asistencia médica específica, si sus necesidades particulares han sido participadas la agencia al menos cuarenta y ocho horas antes del inicio del viaje. La agencia no podrá invocar las circunstancias inevitables y extraordinarias a efectos de la limitación de responsabilidad, si el transportista no puede acogerse a estas circunstancias en virtud de la normativa europea.
12. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales y del Reglamento Europeo 2016/679, relativo a la protección de las s personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la agencia y el Cliente se comprometen a respetar y cumplir con la normativa vigente en dicha materia. En caso de que efectivamente llegue a contratar con la agencia, la información relativa a protección de datos será entregada por la agencia al Cliente en el momento dispuesto en la ley. De igual manera puede ver nuestra política de privacidad y protección de datos en https://findecursocolegio.com/politica-privacidad.
13. PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES
Prescribirán por el transcurso de dos (2) años las acciones derivadas de los derechos reconocidos en la Ley, cómputo que se iniciará el día de celebración del contrato.
14. JURISDICCIÓN APLICABLE
Las partes que contraten al amparo de estas condiciones generales de contratación, se someten a los Juzgados y Tribunales del domicilio del Cliente o el domicilio del empresario, a elección del Cliente, para resolver las discrepancias o reclamaciones que susciten la interpretación o la ejecución del contrato de viaje combinado y de estas condiciones generales.
SOLICITUD DE SERVICIOS ESPECIALES
Cada medio de transporte establece sus propias normas y condiciones para el tratamiento y prestación de los servicios especiales, no obstante y en todo caso, cuando el cliente requiera la prestación de alguno de estos servicios, tales como, menores de edad no acompañados, silla de ruedas, mascotas a bordo, equipos deportivos, etc. deberá solicitarlo expresamente en el momento de realizar la reserva en el campo “Observaciones” cuando se le solicite los datos de pago. La agencia de viajes actuará meramente como intermediaria trasladando la solicitud de servicio especial a la compañía aérea, pero la prestación definitiva de este tipo de servicios está condicionada en todo caso a la previa y expresa confirmación de los mismos por parte de la compañía aérea.
La agencia no se responsabiliza de la confirmación o denegación de estos servicios por parte de la compañía aérea y tampoco dispone de la información sobre los posibles suplementos de precio que pueda requerir la compañía aérea para la prestación de estos servicios de carácter especial.
Por ello y para cualquier información que el cliente requiera en relación a este tipo de servicios, se le recomienda contactar directamente con la línea aérea concreta de que se trate, para su reconfirmación.
PROCESO DE RESERVA
1. Procedimiento de solicitud de reserva
Para reservar a través de nuestra web se deben llevar a cabo los siguientes pasos:
1. Búsqueda según los parámetros deseados por el usuario.
2. Selección de la oferta y, en su caso, de las opciones que en su caso permita la oferta, incluyendo número de personas y todo aquello que el programa vaya solicitando para conformar la oferta definitiva.
3. Confirmación del presupuesto facilitado por Findecursocolegio.com.
4. Entrega al Cliente de la clave de acceso a su intranet. El Cliente será responsable de la custodia y uso de esta clave, declinando
la Agencia cualquier responsabilidad por un uso negligente de esta clave.
5. Aceptación del contrato/condiciones de contratación.
6. Cumplimentación de los datos del centro escolar y los datos de los viajeros.
7. Selección, si así lo desea el Cliente, de la contratación de un seguro de viaje o de un seguro de viaje y cancelación, cuyas condiciones generales y particulares se facilitarán antes de la contratación del mismo.
En caso de que a lo largo del proceso de reserva y antes de su finalización, el usuario detecte que ha cometido algún error en la introducción de datos, deberá volver atrás hasta la pantalla correspondiente en la que poder subsanar o bien empezar de nuevo el proceso de reserva. Al finalizar la reserva, y para que el proceso de compra pueda continuar, el cliente deberá aceptar las condiciones generales en el link dispuesto para ello.
2. Pago del precio y confirmación de la reserva
Una vez finalizado el proceso de solicitud de reserva, si la entidad bancaria acepta el pago del depósito o, en su caso, de la totalidad del importe del viaje o servicio (según proceda y sea debidamente informado al cliente durante el proceso de reserva), en la tarjeta suministrada por el cliente, se procederá a remitir la confirmación de la reserva a la dirección de correo electrónico facilitada por el cliente, dentro de las 24 horas siguientes a la finalización del proceso de solicitud de reserva.
En aquellos casos en que el sistema permita el pago fraccionado, la totalidad de la reserva deberá ser abonada antes del inicio del viaje o actividad. Encontrará el calendario de pagos en su confirmación de la reserva.
La agencia podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para el desistimiento antes de la salida si el cliente no realiza cualquiera de los pagos previstos en el plazo que la agencia le haya comunicado.
Asimismo, si la entidad bancaria no autoriza el cobro en la tarjeta que el usuario utilice como medio de pago, la reserva no podrá ser confirmada.
En aquellos casos en que el sistema permite “Pago vía transferencia Bancaria” y el USUARIO así lo indicara, éste tiene la obligación de enviar una copia del comprobante de la transferencia Bancaria acreditando dicho pago en un plazo máximo indicado en el proceso de compra a: info@findecursocolegio.com
En el caso que no se envíe el comprobante dentro del plazo indicado la reserva quedará automáticamente anulada debiendo el Cliente realizar de nuevo la reserva si así lo deseara.
Si el Cliente hubiera llegado a realizar la transferencia, pero no hubiera enviado el comprobante de pago quedando así anulada la reserva, Findecursocolegio.com se compromete a la devolución íntegra del importe abonado.
Findecursocolegio.com no puede garantizar ni el precio ni la disponibilidad de plazas de un servicio contratado que ha sido anulado, si con posterioridad a la anulación el usuario vuelve a intentar su contratación.
En caso de no indicarse un plazo máximo para enviar el comprobante de la transferencia éste debe ser enviado dentro de las 24 horas desde el momento de la realización de la reserva.
En el inopinado caso de existir algún error tipográfico o numérico en nuestra web que sea manifiesto y evidente para cualquier consumidor medio, Findecursocolegio.com actuará con la debida diligencia para subsanarlo. Asimismo, advertirá del error al cliente a la mayor brevedad y le reintegrará de manera inmediata cualquier pago que haya realizado a Findecursocolegio.com consecuencia del referido error en la publicación.
3. Entrega de bonos/títulos transporte
Una vez abonado el precio total del viaje por parte del Cliente, Findecursocolegio.com procederá a la emisión de los billetes de transporte a quien le será remitido, así como los bonos correspondientes al alojamiento pactado en el contrato. Será el Cliente el responsable de entregar los bonos y títulos de transporte a los viajeros integrantes del grupo.
POLÍTICA DE COOKIES
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Alternativas externas.
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